- Página de inicio
- Iglesia
- Anuncios
- Especificación del régimen para portadores de ministerio
Zúrich. En principio, un portador de ministerio de la Iglesia Nueva Apostólica es ordenado y puesto en descanso por un Apóstol. La puesta en descanso se realiza en el marco de un servicio divino. Por lo general esto se hace al haber cumplido los 65 años de edad, aunque en algunos casos el Apóstol de Distrito responsable puede acordar una prolongación de acuerdo con la situación del portador de ministerio en cuestión.
En cualquier caso, la puesta en descanso deberá tener lugar antes de cumplir los 68 años de edad. El Apóstol muestra su agradecimiento por todo lo que el portador de ministerio ha realizado en el Espíritu del Amor de Dios y le releva de la actividad en el ministerio.
La decisión entrará en vigor a partir del 1 de enero
En marzo de este año, durante la asamblea de Apóstoles de Distrito la puesta en descanso fue uno de los temas tratados en Stuttgart. La decisión se aplicará a partir del 1 de enero de 2014 y dice en concreto:
- En general la puesta en descanso se realizará después de haber celebrado el 65 cumpleaños.
- En casos excepcionales, el Apóstol de Distrito responsable, después de ponerse de acuerdo con el portador de ministerio en cuestión, decidir prolongar el periodo de activar. No obstante, la puesta en descanso se hará siempre antes de cumplir los 68 años de edad.
- En relación con la prolongación del activar, no se puede ejercer presión moral sobre el portador de ministerio.
- En casos justificados, se puede proceder a una puesta en descanso anticipado a petición de un portador de ministerio.
19 de noviembre de 2013