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Guía de orientación para portadores de ministerio
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- 10.1 Ecumenismo
- 10.1.1 Eventos ecuménicos
- 10.1.1.1 Ecumenismo: Servicios Divinos y actos de bendición
- 10.1.1.2 Ecumenismo: Celebraciones especiales de la comunidad
- 10.1.1.3 Ecumenismo: Casamiento
- 10.1.1.4 Ecumenismo: Santo Bautismo con Agua
- 10.1.1.5 Ecumenismo: Acto de duelo
- 10.1.1.6 Otros eventos ecuménicos
- 10.1.1.7 Ferias y días de la Iglesia
- 10.1.2 Uso de dependencias de la Iglesia - usos eclesiásticos
- 10.2 Diálogo interreligioso
- 10.2.1 Participación en Servicios Divinos
- 10.2.2 Colaboración en el servir de ministros no cristianos en un casamiento
- 10.2.3 Colaboración en el servir de ministros no cristianos en un acto de duelo
- 10.2.4 Participación en encuentros de recogimiento
- 10.2.5 Uso de dependencias de la Iglesia - otros usos
10.2.1 Participación en Servicios Divinos
La colaboración en el servir de ministros judíos o musulmanes en un Servicio Divino nuevoapostólico requiere de la aprobación de la Dirección de la Iglesia regional y debe ser coordinada detenidamente y con tiempo con el ministro no cristiano.
No es posible para un ministro no cristiano de religiones monoteístas participar en la dispensación de Sacramentos o en actos de bendición en Servicios Divinos nuevoapostólicos.