El Catecismo de la Iglesia Nueva Apostólica

5.3.3.5 Jurar, prestar juramento

En relación con el segundo mandamiento surge la pregunta de si está permitido jurar o prestar un juramento invocando el nombre de Dios. Esto estaba admitido en Israel (Dt. 6:13; 10:20), pero fue prohibido en el Sermón del Monte (Mt. 5:33-37).

De los diferentes enunciados sobre el juramento que se encuentran en el Nuevo Testamento (Stg. 5:12; Ro. 1:9; 2 Co. 1:23; Fil. 1:8, entre otros) se puede deducir que la prohibición de jurar no era considerada una línea general de conducta. Esto es aceptado por la tradición cristiana relacionando la prohibición de Jesús solamente con cuando uno jura irreflexivamente en la vida cotidiana, pero no por ejemplo al prestar juramento ante un tribunal. Quien invoca a Dios como testigo con una fórmula de juramento de rigor (“¡Así Dios me salve!") para expresar su compromiso a la verdad frente al Eterno, profesa con ello públicamente su fe en el omnipotente, omnisapiente Dios. Tampoco en este juramento se ve pecado.

EXTRACTO

Con el nombre “Jehová" – “Yo soy el que soy" o “Yo soy" – Dios se manifiesta como aquel que es completamente idéntico a sí mismo, inalterable y eterno. (5.3.3.1)

Una manera muy grave de tomar el nombre de Dios en vano, es la blasfemia. (5.3.3.2)

El segundo mandamiento es el único mandamiento que contiene una amenaza de castigo. (5.3.3.3)

Exhorta a considerar santo el nombre de Dios, también en la conducta en la vida. (5.3.3.4)

El jurar irreflexivamente invocando el nombre de Dios transgrede el segundo mandamiento. (5.3.3.5)