El Catecismo de la Iglesia Nueva Apostólica

5.3.8.2 La prohibición del hurto en el Antiguo Testamento

Originalmente, el mandamiento de no hurtar debía, ante todo, desterrar el secuestro de personas. El propósito era proteger al hombre libre contra la acción de ser tomado cautivo, vendido o mantenido en esclavitud. En Israel, el secuestro era castigado con la muerte, en oposición a los delitos contra la propiedad que podían ser reparados mediante una compensación material: “Asimismo el que robare una persona y la vendiere, o si fuere hallada en sus manos, morirá" (Ex. 21:16). Por lo tanto, esta era una ofensa que se penaba con la más severa de todas las sentencias.

Además, también se castigaba el hurtar la propiedad a otra persona; la ley mosaica requería reponer lo robado. Como regla general, se debía restituir el doble, y en casos severos hasta el cuádruple o quíntuple (Ex. 21:36; 22:3, 6 y 8).