El Catecismo de la Iglesia Nueva Apostólica

12.1.9 Dispensación de los Sacramentos en el Servicio Divino

La dispensación de los Sacramentos es un hecho central en el Servicio Divino. Recibir los Sacramentos permite participar de la salvación y redención que hizo posible la encarnación de Dios en Jesucristo, su muerte en sacrificio y su resurrección (ver 8). Son actos santos que se realizan en el poder del Espíritu Santo.

Los actos sacramentales del Santo Bautismo con Agua y la Santa Cena son efectuados por Apóstoles o por portadores de ministerios sacerdotales por encargo de los Apóstoles. El Santo Sellamiento es dispensado exclusivamente por Apóstoles.

La Santa Cena se celebra básicamente en cada Servicio Divino conducido por un Apóstol o un portador de ministerio sacerdotal. En determinadas ocasiones (por ejemplo, casamientos, Servicios Divinos de duelo) se realizan Servicios Divinos de palabras sin el festejo de la Santa Cena.

La recepción de la hostia consagrada es precedida por el perdón de los pecados. Esto sucede para que el hombre pueda participar en un estado digno del acto salvífico de Dios acontecido en Jesucristo, que se hace accesible a través del Sacramento.

En el Santo Bautismo con Agua y el Santo Sellamiento, los participantes del Servicio Divino son testigos de los actos sacramentales de salvación y del voto de fidelidad que pronuncian, ante Dios y la comunidad, aquellos que reciben el Sacramento.

Los tres Sacramentos también son accesibles para los niños. Los mismos, en lo posible, participan del festejo de la Santa Cena junto con la comunidad en el Servicio Divino.

Los domingos y los días festivos de la Iglesia, el Apóstol Mayor y los Apóstoles de Distrito o Apóstoles autorizados por ellos, también dispensan este Sacramento para los difuntos luego del festejo de la Santa Cena con la comunidad. Dos portadores de ministerio reciben cuerpo y sangre de Cristo en representación de los difuntos. Tres veces por año, se ofician Servicios Divinos especiales en los cuales el Apóstol Mayor, los Apóstoles de Distrito o Apóstoles autorizados por ellos, dispensan los tres Sacramentos para los difuntos. Estos actos también se realizan en dos portadores de ministerio en representación de los difuntos.