El Catecismo de la Iglesia Nueva Apostólica

7.10 Encargos

Un encargo es la transmisión de una tarea bien definida; no es lo mismo que una ordenación. El encargo puede estar limitado en tiempo y lugar.

Entendemos por “encargo" vinculado con un ministerio al encargo de dirigente de comunidad, dirigente de distrito, Ayudante Apóstol de Distrito o Ayudante Apóstol Mayor. Por lo general, tiene lugar en el marco de un Servicio Divino siendo realizado por portadores de ministerio con funciones directivas en la Iglesia. No está sujeto al período de la actividad ministerial, pero sí finaliza con el mismo.

Para dar cumplimiento a las múltiples tareas de las comunidades y distritos se otorgan encargos, independientemente de un ministerio tanto a hermanas como a hermanos.

Básicamente, quienes reciben un encargo, al igual que los portadores de ministerio, realizan su tarea en la Iglesia sin recibir remuneración.

EXTRACTO

Los ministerios de Obispo a Pastor se sintetizan bajo el concepto “ministerios sacerdotales". Estos portadores de ministerio han recibido del Apóstol el encargo y la autoridad para dispensar el Santo Bautismo con Agua, anunciar el perdón de los pecados, y separar y suministrar la Santa Cena. Otras tareas de los portadores de ministerio sacerdotales son realizar Servicios Divinos, actos de bendición y actos de duelo, anunciar la palabra de Dios, así como asistir espiritualmente a los miembros de la comunidad. (7.9.1)

El término “Diácono" tiene su origen en el griego y significa “servidor". Los Diáconos ayudan de múltiples maneras en la comunidad. (7.9.2)

Un encargo es la transmisión de una tarea bien definida; no es lo mismo que una ordenación. El encargo puede estar limitado en tiempo y lugar. (7.10)