Guía de orientación para portadores de ministerio

7.2 Límites de la asistencia espiritual

Los portadores de ministerio, como asistentes espirituales, deben respetar la responsabilidad individual de los miembros de la comunidad y evitar cualquier forma de paternalismo. El asesoramiento sobre cuestiones financieras, jurídicas, médicas, psicológicas o terapéuticas no es responsabilidad de la asistencia espiritual. En este caso, es imprescindible recurrir a especialistas profesionales. El estilo de vida personal es asunto de los hermanos y hermanas en la fe. Los portadores de ministerio no tienen el derecho de tomar decisiones sobre asuntos personales de hermanos y hermanas en la fe. Por supuesto, cuando sea solicitado, apoyarán en la asistencia espiritual a las almas confiadas con consejos brindados con empatía en las respectivas situaciones de la vida, así como a través de oraciones y dedicación.[76]