Guía de orientación para portadores de ministerio

4.6.1 Servicio Divino de palabra

El Servicio Divino de palabra tiene como punto central el anuncio de la palabra. En el Servicio Divino de palabra no son dispensados Sacramentos.

Los Servicios Divinos de palabra están previstos para la atención y asistencia espiritual de determinados grupos o bien para ocasiones especiales.

Cuando para los Servicios Divinos regulares no hubiere a disposición un ministerio sacerdotal, existe la posibilidad de que portadores del ministerio de Diácono pueden realizar Servicios Divinos de palabra (incluso con dispensación de la bendición trinitaria). Es necesario un acuerdo previo con el Apóstol.

En el caso de que imprevistamente no concurra un Pastor al Servicio Divino, un Diácono debe realizar un Servicio Divino de palabra.

También en un Servicio Divino de palabra, el apostolado o los portadores del ministerio de Pastor pueden realizar actos de bendición. Aunque un Diácono puede dispensar la bendición final, no puede efectuar otros actos de bendición (por ejemplo, casamiento).

En el Servicio Divino de palabra no se encuentran en el altar recipientes de la Santa Cena. El siervo oficiante ocupa su lugar detrás del altar durante el canto inicial.

El Servicio Divino de palabra tiene el siguiente desarrollo:

  • Canto de inicio
  • Introducción trinitaria (luego pausa del orador)
  • Oración inicial
  • Lectura del texto bíblico
  • Aporte musical
  • Prédica basada en los “Pensamientos Guía”
  • Aporte musical al cambiar el que predica
  • Colaboraciones en la prédica (opcional)
  • Aporte musical después de la parte de la prédica (opcional)
  • Palabras de introducción para el Padre Nuestro
  • Pronunciar en conjunto el Padre Nuestro
  • Oración final
  • Bendición final
  • Triple amén de la comunidad
  • Aporte musical de cierre (opcional)

El Servicio Divino de palabra no debe durar más de 45 minutos.