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Guía de orientación para portadores de ministerio
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- 3.1 Orden ministerial
- 3.2 Autoridad ministerial
- 3.3 Ordenación de portadores de ministerio
- 3.3.1 Ordenación: Procedimiento
- 3.3.2 Ordenación: Desarrollo y texto recomendado
- 3.4 Encargo ministerial
- 3.4.1 Área de actividad
- 3.4.2 Ejercicio ministerial fuera del área de actividad
- 3.4.3 Ejercicio ministerial en estado de descanso
- 3.5 Ejercicio de un ministerio del que ya se había sido portador
- 3.6 Licencia
- 3.6.1 Motivos de la licencia
- 3.6.2 Licencia: Procedimiento
- 3.6.3 Revocación de la licencia
- 3.7 Confirmación de un portador de ministerio
- 3.7.1 Confirmación: Procedimiento
- 3.7.2 Confirmación: Incorporación en la liturgia
- 3.7.3 Confirmación: Realización
- 3.8 Pase a descanso de un portador de ministerio
- 3.8.1 Pase a descanso: Desarrollo y texto recomendado
- 3.9 Renuncia al ministerio
- 3.10 Relevación del ministerio
- 3.11 Nueva ordenación
- 3.12 Encargo de un portador de ministerio
- 3.12.1 Encargo de un portador de ministerio: Procedimiento
- 3.12.2 Encargo de un portador de ministerio: Desarrollo y texto recomendado
- 3.13 Nombramiento
- 3.14 Desvinculación
- 3.15 Documentación de la ordenación, el encargo y el nombramiento
- 3.16 Condiciones previas para un ministerio
- 3.16.1 Autocomprensión del portador de ministerio
- 3.16.2 Condiciones previas para un ministerio: Confesión de fe
- 3.16.3 Condiciones previas para un ministerio: Edad
- 3.16.4 Condiciones previas para un ministerio: Perfiles de competencias
- 3.16.5 Condiciones previas para un ministerio: Forma de vida
- 3.17 Introducción en el ministerio, encargo o nombramiento
- 3.18 Capacitación
- 3.19 Derechos
- 3.19.1 Consentimiento a la ordenación, el encargo y el nombramiento
- 3.19.2 Derechos de información
- 3.19.3 Derechos: Participación en reuniones y Servicios Divinos para portadores de ministerio
- 3.19.4 Derechos: Atención y recuperación
- 3.19.5 Derechos: Asistencia espiritual
- 3.19.6 Derecho a ser escuchado
- 3.19.7 Derechos: Pase a descanso
- 3.19.8 Derechos: Renuncia al ministerio
- 3.20 Deberes
- 3.20.1 Vinculación con el apostolado
- 3.20.2 Deberes: Defensa de la doctrina de fe
- 3.20.3 Deberes: Observancia de las disposiciones de la Iglesia
- 3.20.4 Deberes: Imparcialidad
- 3.20.5 Deber de altruismo
- 3.20.6 Deberes: Confidencialidad
- 3.20.7 Deberes: Colaboración entre portadores de ministerio
- 3.20.8 Deber de comunicación
- 3.20.9 Deberes: Lealtad y buena conducta
- 3.20.10 Deberes: Conflictos de interés en lo profesional
- 3.20.11 Deberes: Restricción en la actividad política
- 3.20.12 Deberes: Protección contra la violencia sexual
- 3.21 Consecuencias en caso de violación de los deberes ministeriales
3.3.2 Ordenación: Desarrollo y texto recomendado
3.3.2.1 Incorporación en la liturgia
La ordenación se realiza después del festejo de la Santa Cena. Si estuviesen previstos varios actos, se efectuarán en el siguiente orden:
- Pase a descanso, desvinculación de un encargo o nombramiento vinculado con un ministerio
- Ordenación, encargo, nombramiento, confirmación de un portador de ministerio
- Desvinculación de o nombramiento para un servicio no vinculado con un ministerio
- Compromiso, casamiento, aniversarios de boda.
3.3.2.2 Realización
La ordenación es realizada por un miembro del apostolado.
Alocución
Se recomienda el siguiente contenido:
Ministerio de Diácono
- Quien es llamado al ministerio de Diácono es escogido por Dios.[4]
- Los dones personales son bendecidos y santificados para prestar el servicio en la Iglesia.
- El Diácono recibe en el marco de su encargo ministerial la autoridad
- para el debido anuncio de la palabra y
- para la dispensación de la bendición trinitaria (bendición final).
- Es parte del cuerpo ministerial de la respectiva comunidad y del distrito, y dentro de este ámbito pueden serle encomendados servicios.
- Es convocado a servir con sus dones a Dios y al prójimo con amor y a dar testimonio públicamente de su fe.
- Debe ser un ejemplo en orientar su vida en el Evangelio.[5]
Ministerio de Pastor
- Quien es llamado al ministerio de Pastor es escogido por Dios.[6]
- Es bendecido y santificado para prestar el servicio sacerdotal.
- Adicionalmente a las autoridades que ya le fueron conferidas con la ordenación en el ministerio de Diácono[7] el Pastor recibe la autoridad para
- dispensar el Sacramento del Santo Bautismo con Agua,
- dispensar el Sacramento de la Santa Cena,
- anunciar el perdón de los pecados en el nombre de Jesucristo y por encargo de su enviador, el Apóstol.
- Realización de actos de bendición como, por ejemplo, Confirmación, casamiento, así como honras fúnebres.
Petición de consentimiento
Se le pide a la comunidad que se ponga de pie. Se le pregunta a quien será ordenado, en este sentido:
“Ahora le pregunto delante de Dios y la comunidad:
¿Está dispuesto a aceptar el [ministerio de Diácono/ministerio de Pastor] en la comunidad […] y cumplirlo en fidelidad a Dios, en unión con el apostolado y conforme a las reglas de la Iglesia?
¿Quiere orientar su vida en el Evangelio de Jesucristo y servir a las almas confiadas en la fe nuevoapostólica, así como expresa la Confesión de fe, en humildad y amor a Dios y al prójimo? Entonces prométalo con un ‘sí’”.
Oración (con epíclesis[8])
La oración puede tener el siguiente contenido:
- Petición por la bendición de Dios para este “sí”
- Petición por fuerza y la capacidad para guardar el voto, y cumplir los servicios vinculados con el ministerio
- Petición a Dios, el Espíritu Santo, para que en la ordenación conceda bendición, santificación y autoridad.
Acto
El ministerio se recibe de rodillas delante del altar. La ordenación se realiza imponiendo las manos sobre la cabeza de quien es ordenado, con las siguientes palabras:
“En el nombre de Dios, el Padre, el Hijo y el Espíritu Santo reciba el [ministerio de Diácono/ministerio de Pastor]. Reciba del apostolado de Jesucristo la autoridad, santificación y bendición para cumplir con el poder del Espíritu Santo todos los servicios vinculados con este ministerio”.
Luego se mencionan las autoridades asignadas al respectivo ministerio.
“Reciba la autoridad…
- (Ministerio de Diácono): …para el debido anuncio de la palabra y para la dispensación de la bendición trinitaria al final del Servicio Divino”.
- (Ministerio de Pastor): …para la realización del Santo Bautismo con Agua y para la consagración y dispensación de la Santa Cena, así como para el anuncio del perdón de los pecados en el nombre de Jesucristo y por encargo de su enviador, el Apóstol. Además, partir de ahora está autorizado para realizar actos de bendición en la Iglesia”.
Le siguen palabras para bendición y santificación del portador de ministerio:
- Dios despierte, afirme y multiplique los dones existentes, y transmita fuerzas adicionales.[9]
- Con el ministerio, que es santo, Dios hace partícipe de su santidad. En la potencia del Espíritu Santo, se pueden realizar actos santos.[10]
- Anuncie el Evangelio de Cristo e interceda en favor de él. Atienda a los creyentes que le han sido asignados para su asistencia espiritual, sea un referente para ellos y promueva su fe. Acompáñelos en la oración, ayudándolos a sobrellevar las cargas de la vida cotidiana.[11]
- Colabore para alegría de las almas confiadas y no se enseñoree de su fe.[12]
- El gozo del Señor sea siempre su fuerza.[13]
- Los ángeles del Señor lo guíen en todos sus caminos.
Final obligatorio:
“La bendición de Dios le acompañe. La paz del Resucitado sea con usted. Amén”.
Foto 1: Ordenación |
Foto 2: Ordenación |
[5] cf. 1 Ti. 3:8-13
[7] Si el portador de ministerio no ejerció antes el ministerio de Diácono, también le deben ser transmitidas las autoridades propias del ministerio de Diácono.
[8] Invocación del Espíritu Santo
[9] cf. Catecismo INA PyR
[10] cf. Catecismo INA PyR
[11] cf. Catecismo INA PyR
[12] cf. 2 Co. 1:24
[13] cf. Neh. 8:10