Guía de orientación para portadores de ministerio

3.7 Confirmación de un portador de ministerio

Cuando un portador de ministerio cambia de área de actividad, es necesaria la confirmación de su ministerio en la nueva área. Esto se realiza mediante un encargo ministerial explícito (confirmación en el ministerio) a través del Apóstol de Distrito o Apóstol competente.

Si el portador de ministerio no debe ser confirmado en su ministerio de manera temporal o permanente en el nuevo lugar, o si no estuviese dispuesto a ser confirmado, se decidirá en cada caso particular el pase a descanso anticipado, la aceptación de la renuncia, la relevación o la licencia del ministerio.